La nueva Manifestación de Valor Electrónica (MVE) no es opcional ni algo que puedas “resolver al final”. Es un requisito fiscal que redefine la operación aduanera en México. A partir del 9 de diciembre de 2025, todos los importadores deberán transmitirla antes del despacho aduanero a través de la Ventanilla Única (VUCEM). Aquí te dejo una guía ejecutiva para que tu operación no termine en el purgatorio documental.
¿Qué es la Manifestación de Valor Electrónica?
La MVE es la evolución del viejo formato físico en el que el importador declaraba el valor en aduana bajo protesta de decir verdad. Ahora es un formato digital obligatorio, diseñado para fortalecer el control fiscal, la trazabilidad y la auditoría inmediata por parte de la autoridad.
¿Por qué la MVE se volvió obligatoria?
- La autoridad necesita verificar en tiempo real el valor declarado.
- Se busca prevenir la subvaluación.
- Se conectan automáticamente otros documentos electrónicos como COVE, factura comercial, contratos, comprobantes de pago y pedimentos.
Evolución de la Manifestación de Valor: del papel a la fiscalización digital
La MV existe desde la creación de la Ley Aduanera de 1995, pero su función ha crecido. Antes, solo te pedían el documento si había auditoría. Hoy, gracias a los cambios de la autoridad y al impulso global de digitalización, la MVE pasa a ser:
- Obligatoria antes del despacho.
- Trazable y cruzable con documentos en segundos.
- No modificable una vez transmitida; cualquier corrección requiere un nuevo envío.
Marco normativo que sustenta la MVE
La MVE no nació por inspiración divina, sino porque está respaldada por un marco legal robusto:
Artículos clave
- Artículo 59 fracción III de la Ley Aduanera: obligación del importador de declarar el valor en aduana.
- Artículo 81 del Reglamento: documentos anexos obligatorios.
- Regla 1.5.1 de las RGCE 2025: obligación de transmitir electrónicamente el Formato E2 vía VUCEM.
Formato E2 – la nueva plantilla obligatoria
El Anexo 1 de las RGCE 2025 establece el Formato E2 como el único válido para transmitir la MVE.
¿Qué se debe declarar en la MVE?
Todo lo que impacta el valor en aduana debe estar ahí, sin excepciones.
Elementos que exige VUCEM
- Método de valoración aduanera.
- Precio pagado o por pagar.
- Incrementables: fletes, seguros, regalías, embalaje.
- Relación comprador-vendedor.
- Datos del pedimento.
- Número de COVE.
- Documentos de soporte: factura, contratos, comprobantes de pago, documentos de transporte, certificados de origen.
Documentos anexos obligatorios según la ley
El Artículo 81 del Reglamento establece que el importador debe anexar:
- Factura comercial y órdenes de compra.
- Conocimientos de embarque, guías aéreas, listas de empaque.
- Comprobantes de origen.
- Contratos relacionados con la operación (compra, maquila, logística, licencia, etc.).
- Comprobantes de pago y documentos de incrementables.
Casos en los que NO se debe presentar la Manifestación de Valor
La Regla 1.5.1 establece excepciones como:
- Retornos de mercancía exportada definitivamente bajo ciertas condiciones.
- Operaciones de retorno bajo Regla 103.
- Importaciones temporales del artículo 106.
- Empresas Certificadas OEA en operaciones IMMEX.
Infracciones y sanciones: la parte que nadie quiere leer, pero todos deben conocer
La autoridad no perdona errores, y menos ahora que la información se cruza automáticamente. Las sanciones por fallas en la MVE incluyen:
- Por no transmitirla: multas entre $4,260 y $6,390 MXN.
- Documentos faltantes o errores: multas entre $2,330 y $3,310 MXN por documento.
- Omisión de contribuciones: de 130% a 150% del IGI omitido.
No te preocupes, nadie termina aquí por deporte. Sólo por descuido.
¿Qué necesitas para transmitir la MVE sin tropezar en el proceso?
- FIEL vigente del importador.
- Número de COVE.
- Acceso a VUCEM.
- Todos los documentos anexos digitalizados.
¿Cómo puede ayudarte Grupo ILT?
Después de 25 años metidos hasta el cuello en comercio exterior, Grupo ILT opera como aliado estratégico en cumplimiento, logística y asesoría personalizada. Nuestro enfoque es evitar errores, optimizar tiempos y minimizar riesgos, justo lo que la MVE exige para no perder control operativo ni liquidez.
Conclusión
La Manifestación de Valor Electrónica es un cambio inevitable y profundo en la operación aduanera mexicana. Implementarla correctamente no solo evita sanciones: te permite operar con solidez, transparencia y competitividad. Para quienes entienden la importancia del compliance, la MVE ya no es un trámite, sino una herramienta estratégica.